Conoce el reglamento de las motos eléctricas y los VMP.
A partir del 2 de agosto de 2026, pagará duras multas si no cumple el Reglamento Nacional de Tránsito.
Ante el aumento de los vehículos de transporte alternativos a los carros y las motos tradicionales, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) se ha visto obligado a recordar a los conductores de motos y bicimotos eléctricas que deben cumplir con las mismas normas que indica el Reglamento Nacional de Tránsito para las motos de combustión, establecidas desde el 2003.
Asimismo, definió las características de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) para su identificación, obligaciones y prohibiciones que deben conocer sus usuarios.
Motos eléctricas
Los vehículos de 2, 3 o 4 ruedas impulsados por un motor eléctrico pertenecen a la categoría L, por lo que se rigen por las mismas reglas de las motos de combustión.
¿Qué dice el reglamento para los vehículos de categoría L?
- Los vehículos de categoría L requieren licencia de conducir Clase B
- L1 y L2 (bicimotos o motos de 2 o 3 ruedas con velocidad máxima de 50 km/h): licencia B-IIa
- L3 y L4 (motos con o sin sidecar de velocidad mayor a 50 km/h): licencia B-IIb
- L5 (mototaxis para el servicio de transporte de pasajeros o mercancías), licencia B-IIc
- Es obligatorio el uso de casco de seguridad para el conductor y el pasajero para los vehículos L1, L2, L3 y L4.
- Deben portar placa de rodaje visible y actualizada.
- Deben circular por las vías públicas terrestres, es decir, por el carril derecho de las pistas, no podrán hacerlo por veredas ni ciclovías.
- El vehículo debe estar inscrito en Registros Públicos.
- El conductor debe portar siempre Licencia de Conducir, DNI y Tarjeta de Identificación Vehicular.
- El vehículo debe contar con SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito).
Algunas multas:
- No contar con licencia de conducir: S/ 2750
- No contar con placa de rodaje: S/ 660
- No contar con SOAT: S/ 660
Vehículos de Movilidad Personal (VMP)
El MTC emitió una Resolución Directoral definiendo los criterios técnicos y gráficos para identificar a los VMP, que son vehículos equipados con un motor eléctrico y que pueden circular a una velocidad máxima de 25 km/h.
Ejemplos de VMP:
- Scooter o patineta eléctrica: vehículo de movilidad de 2 ruedas alineadas con una plataforma para los pies del conductor y un manubrio para la dirección.
- Vehículo autoequilibrado con manubrio para la dirección, de 2 ruedas paralelas y una plataforma para los pies del conductor.
- Vehículo autoequilibrado sin manubrio:
- Hoverboard, de 2 ruedas laterales paralelas
- Monociclo, de una sola rueda
¿Qué reglas deben cumplir?
- Deben circular únicamente por vías permitidas, como ciclovías y carriles para bicicletas y si no existen, por calles o jirones donde no se permita a los vehículos automotores exceder los 40 km/h.
- Está prohibido que transiten por aceras, veredas, pasajes peatonales, áreas verdes o pasos peatonales.
- Solo pueden transportar a una persona.
- Los usuarios deben usar casco contra impactos y chaleco retrorreflectante.
- El vehículo debe contar con sistema de frenos, sistema sonoro, iluminación y láminas retrorreflectantes
- No es necesario inscribir el vehículo en Registros Públicos, tampoco requiere placa de rodaje ni SOAT.
- El usuario no requiere licencia de conducir







